jueves, 29 de marzo de 2012


Seguro Social Obligatorio (SSO)

El Seguro Social Obligatorio es un beneficio de ley que (en teoría) protege a aquellas personas bajo una relación laboral en aquellas contingencias de maternidad, vejez, sobre vivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.

A pesar que existe toda una nueva legislación aprobada por la Asamblea Nacional desde el año 2002 (se encuentra estancada en un Vacatio Legis), el régimen de seguridad social venezolano está fundamentado actualmente en la Ley del Seguro Social [PDF] publicada en la Gaceta Oficial Nº 4.322 del 03 de noviembre de 1991.

Calculo del Seguro Social Obligatorio

El pago de las cotizaciones del SSO las hace el patrono de manera mensual en base al salario del trabajador, realizando un aporte que según el Reglamento de la Ley de Seguro Social varia entre 9% a 11% (artículo 192) dependiendo de la clasificación de riesgo de la empresa. En tanto que se le descuenta al trabajador otra parte que se calcula basado en el número de lunes que tiene un mes, el monto del sueldo mensual (con un limite de 5 salarios mínimos) y las semanas laborales del año.
Así, la formula para determinar el monto que se descuenta al trabajador es la siguiente:
(Sueldo x 12 meses / semanas laborales del año) x (retención SSO x lunes del mes)
Por ejemplo, si una persona gana Bs. F 1.200,00 (aproximadamente 2 salarios mínimos actuales), hay 52 semanas laborales en el año y la retención del SSO está establecida en 4% (como actualmente lo está) el calculo sería así:
(1200 x 12 / 52) = 276,92 (x 0.04) = 11,08 (x 4) = 44,31
En este ejemplo se le debe descontar Bs. F 44,31 mensualmente al trabajador. Depe recordar que el limite del sueldo para hacer este calculo es de 5 salarios mínimos, después de un sueldo con esa cantidad todos los cálculos se realizan con ese límite.
El porcentaje que el patrono está obligado a cancelar es poco más de el doble de lo que se le descuenta al trabajador, según la clasificación de riesgo que tenga la empresa:
  • Empresas de riesgo mínimo: 9%
  • Empresas de riesgo medio : 10%
  • Empresas de riesgo máximo: 11%


Fondo Ahorro Obligatorio para vivienda

El Fondo de Ahorro Obligatorio (FAOV) esta constituido por el ahorro obligatorio proveniente de los aportes monetarios efectuados por los trabajadores bajo dependencia y de sus patronos.

Calculo del aporte mensual para el FAOV
(Sueldo integral mensual x 0,01) / 2 = Aporte mensual FAOV (trabajador)
(Sueldo integral mensual x 0,02) / 2 = Aporte mensual FAOV (patrono) 

Paro forzoso

El paro forzoso y capacitación laboral en Venezuela es un derecho que tienes el trabajador cesante de recibir por cinco meses una manutención correspondiente al 60%, del monto que resulte del promedio del salario de los últimos 12 meses de trabajo, antes de la cesantía.

Requisitos para obtener el beneficio del paro forzoso y capacitación laboral:

1- Estar en el Sistema de Seguridad Social.
2- Tener un mínimo de 12 meses, dentro de los veinticuatro 24 meses inmediatos anteriores a la cesantía.

Tienen derechos de recibir el paro forzoso los trabajadores por:
1- Despido injustificado o retiro justificado de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo.
2- La terminación del contrato de trabajo a tiempo determinado, o para una obra determinada, para este caso, tendrán derecho quienes hayan cotizado un
mínimo de 12 meses dentro de los 3 años inmediatos anteriores a la
ocurrencia de la contingencia.
3- La muerte, jubilación, invalidez o sustitución del patrono, siempre que cause la finalización del trabajo.
4- Reducción del personal, por quiebra, reconversión industrial y otros procesos.
5- La reducción de funcionarios, o empleados, de conformidad con la Ley de Carrera Administrativa.

Formula para el cálculo del paro forzoso:

El cálculo se realizara sobre el salario normal:
- Trabajador 0,5%
- Patrono 2%

Tiene un tope de 10 salarios mínimos mensuales.

Ejemplo:
Sueldo básico o normal: Bs.F. 3.000,00

3000 x 12 / 52= 692,30 x 0,5% = 3,46 x 5 (lunes del mes pueden ser 4 o 5) = Bs.F. 17,30 a descontar al trabajador.

Para la empresa se debe utiliza el mismo procedimiento.
Hora extras

Con alguna excepciones la jornada laboral diurna (5:00 am a 7:00 pm) no podrá exceder de las ocho (8) horas diarias, ni de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, mientras que la jornada laboral nocturna (7:00 pm a 5:00 am) no puede superar las siete (7) horas diarias, ni de cuarenta (40) horas semanales.

También tenemos las jornada laboral mixta, que tiene un máximo de siete y media (7 1/2) horas de trabajo por día y cuarenta y dos (42) horas semanales y esta jornada comprende, tanto trabajo diurno y nocturno.

Si la jornada mixta tiene un período nocturno, que sea mayor de cuatro (4) horas, está se considera como jornada nocturna (Artículo 195 LOT).

También tenemos la oportunidad, previo acuerdo entre la empresa y los trabajadores, de tener una jornada diurna de nueve (9) horas, sin pasar de las cuarenta y cuatro (44) horas semanales y así obtener (2) días completos de descanso cada semana (Artículo 196 LOT).

Si el empleado trabajara alguno de los días feriados nacionales, ganará el salario correspondiente a ese día, más el cincuenta por ciento (50%) del salario ordinario (Artículo 154 LOT).

Para las horas extras diurnas, se le suma un cincuenta por ciento (50%) de recargo, del salario ordinario (Artículo 155 LOT) y para la jornada nocturna tendrá un recargo del treinta por ciento (30%), sobre el salario convenido para la jornada diurna (Artículo 156 LOT).

Formula para calcular horas extras:

Cálculo de horas extras diurna:
Sueldo mensual / 30 = salario normal diario / el numero de horas de la jornada laboral = salario por hora x 1,5 (50%) = salario hora extra diurna.
Ejemplo: 1.200 mensual / 30 días = 40 salario normal diario / 8 horas = 5 salario por hora x 1,5 = Bs.F. 7,5 la hora extra diurna.

Cálculo de horas extras nocturna:
Sueldo mensual / 30 = salario normal diario / el numero de horas de la jornada laboral = salario por hora x 1,8 (50%+30%) = salario hora extra nocturna.
Ejemplo: 1.200 mensual / 30 días = 40 salario normal diario / 8 horas = 5 salario por hora x 1,8 = Bs.F. 9 la hora extra nocturna.

Cálculo de día feriado:
Salario normal diario x 1,5 (50%) = salario por día feriado laborado.
Ejemplo: 40 x 1,5 = Bs.F. 60 salario por día feriado.


Remuneración

La remuneración salarial es uno de los aspectos de las condiciones de trabajo que más directamente influyen en la vida diaria de los trabajadores. Desde sus primeros años de existencia, el centro de la acción la Organización Internacional del Trabajo ha girado en torno al nivel de los salarios y la Organización ha luchado constantemente por establecer normas que garanticen y protejan el derecho de los trabajadores a percibir un salario justo. Según la Constitución de la OIT (1919) "la garantía de un salario vital adecuado" es uno de los objetivos cuya consecución es más urgente.
Los salarios representan algo muy diferente para trabajadores y empleadores. Para estos últimos, aparte de ser un elemento del costo, es un medio que permite motivar a los trabajadores. En cambio, para los trabajadores representa el nivel de vida que pueden tener, un incentivo para adquirir calificaciones y, por último, una fuente de satisfacción frente al trabajo realizado. La negociación colectiva en la empresa o en el sector y un diálogo social tripartito en el plano nacional son las mejores vías para determinar el nivel de los salarios y resolver conflictos potenciales.

Día Feriados
El trabajo visto como un proceso social prevé también un ajuste de los días hábiles y feriados de interés para los trabajadores. 

El proyecto de la Ley del Proceso Social del Trabajo, que eventualmente sustituirá a la legislación vigente en materia laboral, incorpora cinco nuevos días feriados, sin incluir aquellos que se declaren festivos por el Gobierno nacional, estados, municipalidades y las leyes. 

A partir de la entrada en vigencia de la ley, el próximo 01 de mayo de 2012, se contempla que los días lunes y martes de Carnaval, miércoles de Semana Santa, el 24 de diciembre y 31 de diciembre, sean considerados como feriados, sin que se pueda efectuar en ellos trabajos de ninguna especie. 

Se mantiene las excepciones previstas en la actual Ley Orgánica del Trabajo en aquellos casos en que los sitios de trabajo sean de interés público, social o nacional (hospitales, por ejemplo), que supongan razones técnicas, circunstancias eventuales y de seguridad y defensa. 

La propuesta deja a libre elección del Gobierno nacional, estados y municipalidades el límite total de días festivos adicionales por año. Actualmente, solo se permiten tres. 

Cuando un empleado trabaje en uno o más feriados tendrá derecho al pago de esos días con un recargo de 50%. Si las labores se ejecutan un domingo o el día de descanso semanal obligatorio, por cuatro horas o más, el trabajador tendrá derecho a un día de salario completo y de descanso compensatorio. En caso de ser inferior a cuatro horas, le corresponde medio día de salario. 

Días de especial interés 

A los efectos del sistema jurídico laboral, se plantea en el papel de trabajo de la nueva LOT la inclusión de seis días denominados de especial interés. 

Las fechas previstas son el 23 de enero (día de la insurrección popular contra la dictadura militar), el 4 de febrero (día de la insurrección popular desde los cuarteles por el programa nacional bolivariano de Venezuela), el 27 y 28 de febrero (días de la insurrección popular antiimperialista y por la democracia popular), el 18 de marzo (toma del poder por la clase obrera e instalación de la Comuna en París) y 13 de abril (día de la dignidad popular). 

El 18 de marzo se reconocerá a los trabajadores que hayan participado con dedicación y desprendimiento en la ejecución de los planes en su centro laboral, y el 1 de mayo a quienes se hayan destacado en la autoformación colectiva, integral y permanente. fuente






Seguro Social Obligatorio (SSO)

El Seguro Social Obligatorio es un beneficio de ley que (en teoría) protege a aquellas personas bajo una relación laboral en aquellas contingencias de maternidad, vejez, sobre vivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.

A pesar que existe toda una nueva legislación aprobada por la Asamblea Nacional desde el año 2002 (se encuentra estancada en un Vacatio Legis), el régimen de seguridad social venezolano está fundamentado actualmente en la Ley del Seguro Social [PDF] publicada en la Gaceta Oficial Nº 4.322 del 03 de noviembre de 1991.

Calculo del Seguro Social Obligatorio

El pago de las cotizaciones del SSO las hace el patrono de manera mensual en base al salario del trabajador, realizando un aporte que según el Reglamento de la Ley de Seguro Social varia entre 9% a 11% (artículo 192) dependiendo de la clasificación de riesgo de la empresa. En tanto que se le descuenta al trabajador otra parte que se calcula basado en el número de lunes que tiene un mes, el monto del sueldo mensual (con un limite de 5 salarios mínimos) y las semanas laborales del año.
Así, la formula para determinar el monto que se descuenta al trabajador es la siguiente:
(Sueldo x 12 meses / semanas laborales del año) x (retención SSO x lunes del mes)
Por ejemplo, si una persona gana Bs. F 1.200,00 (aproximadamente 2 salarios mínimos actuales), hay 52 semanas laborales en el año y la retención del SSO está establecida en 4% (como actualmente lo está) el calculo sería así:
(1200 x 12 / 52) = 276,92 (x 0.04) = 11,08 (x 4) = 44,31
En este ejemplo se le debe descontar Bs. F 44,31 mensualmente al trabajador. Depe recordar que el limite del sueldo para hacer este calculo es de 5 salarios mínimos, después de un sueldo con esa cantidad todos los cálculos se realizan con ese límite.
El porcentaje que el patrono está obligado a cancelar es poco más de el doble de lo que se le descuenta al trabajador, según la clasificación de riesgo que tenga la empresa:
  • Empresas de riesgo mínimo: 9%
  • Empresas de riesgo medio : 10%
  • Empresas de riesgo máximo: 11%


Fondo Ahorro Obligatorio para vivienda

El Fondo de Ahorro Obligatorio (FAOV) esta constituido por el ahorro obligatorio proveniente de los aportes monetarios efectuados por los trabajadores bajo dependencia y de sus patronos.

Calculo del aporte mensual para el FAOV
(Sueldo integral mensual x 0,01) / 2 = Aporte mensual FAOV (trabajador)
(Sueldo integral mensual x 0,02) / 2 = Aporte mensual FAOV (patrono) 

Paro forzoso

El paro forzoso y capacitación laboral en Venezuela es un derecho que tienes el trabajador cesante de recibir por cinco meses una manutención correspondiente al 60%, del monto que resulte del promedio del salario de los últimos 12 meses de trabajo, antes de la cesantía.

Requisitos para obtener el beneficio del paro forzoso y capacitación laboral:

1- Estar en el Sistema de Seguridad Social.
2- Tener un mínimo de 12 meses, dentro de los veinticuatro 24 meses inmediatos anteriores a la cesantía.

Tienen derechos de recibir el paro forzoso los trabajadores por:
1- Despido injustificado o retiro justificado de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo.
2- La terminación del contrato de trabajo a tiempo determinado, o para una obra determinada, para este caso, tendrán derecho quienes hayan cotizado un
mínimo de 12 meses dentro de los 3 años inmediatos anteriores a la
ocurrencia de la contingencia.
3- La muerte, jubilación, invalidez o sustitución del patrono, siempre que cause la finalización del trabajo.
4- Reducción del personal, por quiebra, reconversión industrial y otros procesos.
5- La reducción de funcionarios, o empleados, de conformidad con la Ley de Carrera Administrativa.

Formula para el cálculo del paro forzoso:

El cálculo se realizara sobre el salario normal:
- Trabajador 0,5%
- Patrono 2%

Tiene un tope de 10 salarios mínimos mensuales.

Ejemplo:
Sueldo básico o normal: Bs.F. 3.000,00

3000 x 12 / 52= 692,30 x 0,5% = 3,46 x 5 (lunes del mes pueden ser 4 o 5) = Bs.F. 17,30 a descontar al trabajador.

Para la empresa se debe utiliza el mismo procedimiento.
Hora extras

Con alguna excepciones la jornada laboral diurna (5:00 am a 7:00 pm) no podrá exceder de las ocho (8) horas diarias, ni de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, mientras que la jornada laboral nocturna (7:00 pm a 5:00 am) no puede superar las siete (7) horas diarias, ni de cuarenta (40) horas semanales.

También tenemos las jornada laboral mixta, que tiene un máximo de siete y media (7 1/2) horas de trabajo por día y cuarenta y dos (42) horas semanales y esta jornada comprende, tanto trabajo diurno y nocturno.

Si la jornada mixta tiene un período nocturno, que sea mayor de cuatro (4) horas, está se considera como jornada nocturna (Artículo 195 LOT).

También tenemos la oportunidad, previo acuerdo entre la empresa y los trabajadores, de tener una jornada diurna de nueve (9) horas, sin pasar de las cuarenta y cuatro (44) horas semanales y así obtener (2) días completos de descanso cada semana (Artículo 196 LOT).

Si el empleado trabajara alguno de los días feriados nacionales, ganará el salario correspondiente a ese día, más el cincuenta por ciento (50%) del salario ordinario (Artículo 154 LOT).

Para las horas extras diurnas, se le suma un cincuenta por ciento (50%) de recargo, del salario ordinario (Artículo 155 LOT) y para la jornada nocturna tendrá un recargo del treinta por ciento (30%), sobre el salario convenido para la jornada diurna (Artículo 156 LOT).

Formula para calcular horas extras:

Cálculo de horas extras diurna:
Sueldo mensual / 30 = salario normal diario / el numero de horas de la jornada laboral = salario por hora x 1,5 (50%) = salario hora extra diurna.
Ejemplo: 1.200 mensual / 30 días = 40 salario normal diario / 8 horas = 5 salario por hora x 1,5 = Bs.F. 7,5 la hora extra diurna.

Cálculo de horas extras nocturna:
Sueldo mensual / 30 = salario normal diario / el numero de horas de la jornada laboral = salario por hora x 1,8 (50%+30%) = salario hora extra nocturna.
Ejemplo: 1.200 mensual / 30 días = 40 salario normal diario / 8 horas = 5 salario por hora x 1,8 = Bs.F. 9 la hora extra nocturna.

Cálculo de día feriado:
Salario normal diario x 1,5 (50%) = salario por día feriado laborado.
Ejemplo: 40 x 1,5 = Bs.F. 60 salario por día feriado.


Remuneración

La remuneración salarial es uno de los aspectos de las condiciones de trabajo que más directamente influyen en la vida diaria de los trabajadores. Desde sus primeros años de existencia, el centro de la acción la Organización Internacional del Trabajo ha girado en torno al nivel de los salarios y la Organización ha luchado constantemente por establecer normas que garanticen y protejan el derecho de los trabajadores a percibir un salario justo. Según la Constitución de la OIT (1919) "la garantía de un salario vital adecuado" es uno de los objetivos cuya consecución es más urgente.
Los salarios representan algo muy diferente para trabajadores y empleadores. Para estos últimos, aparte de ser un elemento del costo, es un medio que permite motivar a los trabajadores. En cambio, para los trabajadores representa el nivel de vida que pueden tener, un incentivo para adquirir calificaciones y, por último, una fuente de satisfacción frente al trabajo realizado. La negociación colectiva en la empresa o en el sector y un diálogo social tripartito en el plano nacional son las mejores vías para determinar el nivel de los salarios y resolver conflictos potenciales.

Día Feriados
El trabajo visto como un proceso social prevé también un ajuste de los días hábiles y feriados de interés para los trabajadores. 

El proyecto de la Ley del Proceso Social del Trabajo, que eventualmente sustituirá a la legislación vigente en materia laboral, incorpora cinco nuevos días feriados, sin incluir aquellos que se declaren festivos por el Gobierno nacional, estados, municipalidades y las leyes. 

A partir de la entrada en vigencia de la ley, el próximo 01 de mayo de 2012, se contempla que los días lunes y martes de Carnaval, miércoles de Semana Santa, el 24 de diciembre y 31 de diciembre, sean considerados como feriados, sin que se pueda efectuar en ellos trabajos de ninguna especie. 

Se mantiene las excepciones previstas en la actual Ley Orgánica del Trabajo en aquellos casos en que los sitios de trabajo sean de interés público, social o nacional (hospitales, por ejemplo), que supongan razones técnicas, circunstancias eventuales y de seguridad y defensa. 

La propuesta deja a libre elección del Gobierno nacional, estados y municipalidades el límite total de días festivos adicionales por año. Actualmente, solo se permiten tres. 

Cuando un empleado trabaje en uno o más feriados tendrá derecho al pago de esos días con un recargo de 50%. Si las labores se ejecutan un domingo o el día de descanso semanal obligatorio, por cuatro horas o más, el trabajador tendrá derecho a un día de salario completo y de descanso compensatorio. En caso de ser inferior a cuatro horas, le corresponde medio día de salario. 

Días de especial interés 

A los efectos del sistema jurídico laboral, se plantea en el papel de trabajo de la nueva LOT la inclusión de seis días denominados de especial interés. 

Las fechas previstas son el 23 de enero (día de la insurrección popular contra la dictadura militar), el 4 de febrero (día de la insurrección popular desde los cuarteles por el programa nacional bolivariano de Venezuela), el 27 y 28 de febrero (días de la insurrección popular antiimperialista y por la democracia popular), el 18 de marzo (toma del poder por la clase obrera e instalación de la Comuna en París) y 13 de abril (día de la dignidad popular). 

El 18 de marzo se reconocerá a los trabajadores que hayan participado con dedicación y desprendimiento en la ejecución de los planes en su centro laboral, y el 1 de mayo a quienes se hayan destacado en la autoformación colectiva, integral y permanente. fuente





 ¿Que es una columna y fila?


Es La unión de varias celdas en forma vertical se llama columna y de forma horizontal se llama fila.

Excel cuenta con 256 columnas, 65536 filas, y tiene 16.777.216 celdas.

¿Que es la Barras de Menú y Herramientas.?
Un menú muestra una lista de comandos. Algunos de estos comandos tienen imágenes junto a los mismos, de forma que pueda asociar rápidamente el comando con la imagen. La mayoría de los menús están ubicados en la barra de menús, que es la barra de herramientas situada en la parte superior de la pantalla. Las barras de herramientas pueden contener botones, menús o una combinación de ambos.
Llamada 1   Barra de menús
Llamada 2   Comando de menú
Llamada 3   Barra de herramientas
Llamada 4   Botón
OcultarPersonalizar menús y barras de herramientas
Es posible personalizar los menús y las barras de herramientas, agregar o eliminar botones y menús de las barras de herramientas, crear sus propias barras personalizadas, ocultarlas o mostrarlas y moverlas. Puede personalizar la barra de menús de la misma manera que cualquier barra de herramientas integrada, por ejemplo, puede agregar y quitar rápidamente los botones y menús de la barra de menús, pero no puede ocultarla.



viernes, 23 de marzo de 2012

Clases de sisitema de información

¿Que es una hoja de cálculo?

Una hoja de cálculo es un programa, más precisamente una aplicación, que permite manipular datos numéricos y alfanuméricos dispuestos en forma de tablas compuestas por celdas (las cuales se suelen organizar en una matriz bidimensional de filas y columnas). La celda es la unidad básica de información en la hoja de cálculo, donde se insertan los valores y las fórmulas que realizan los cálculos. Habitualmente es posible realizar cálculos complejos con fórmulas y funciones y dibujar distintos tipos de gráficas. Fuente

Fuente
 
Orígenes de las hojas de cálculo

En 1961 se vislumbró el concepto de una hoja de cálculo electrónica en el artículo Budgeting Models and System Simulation de Richard Mattessich. Pardo y Landau merecen parte del crédito de este tipo de programas, y de hecho intentaron patentar (patente en EE.UU. número 4.398.249) algunos de los algoritmos en 1970. La patente no fue concedida por la oficina de patentes por ser una invención puramente matemática. Pardo y Landau ganaron un caso en la corte estableciendo que "algo no deja de ser patentable solamente porque el punto de la novedad es un algoritmo". Este caso ayudó al comienzo de las patentes de software.

Dan Bricklin es el inventor generalmente aceptado de las hojas de cálculo. Bricklin contó la historia de un profesor de la universidad que hizo una tabla de cálculos en una pizarra. Cuando el profesor encontró un error, tuvo que borrar y reescribir una gran cantidad de pasos de forma muy tediosa, impulsando a Bricklin a pensar que podría replicar el proceso en un computador, usando el paradigma tablero/hoja de cálculo para ver los resultados de las fórmulas que intervenían en el proceso.

Su idea se convirtió en VisiCalc, la primera hoja de cálculo, y la "aplicación fundamental" que hizo que el PC (ordenador u computador personal) dejase de ser sólo un hobby para entusiastas del computador para convertirse también en una herramienta en los negocios y en las empresas.Fuente

 

¿Que es una celda?

 Es la intersección de una fila y una columna y en ella se introducen los gráficos, ya se trate de texto, números, fecha u otros datos. Fuente